701 Rectificación

Campo Descripción

Declaración del Campo

Longitud

Formato

Criterios de Llenado

1

Clave del Tipo de Registro

Inicio del registro de Rectificaciones.

Obligatoria

3

Numérico

• Declarar el número de registro 701.

• Para pedimentos cuya clave de documento original sea GC, no se permite la rectificación.

• Único por pedimento.

2

Patente o Autorización

Patente aduanal o autorización para realizar la operación de comercio exterior.

Obligatoria

4

Numérico

• Debe ser la misma patente declarada en el campo 3 del registro 500.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

3

Número de Pedimento

Número de pedimento asignado.

Obligatoria

7

Numérico

• Debe ser el mismo número de pedimento declarado en el campo 4 del registro 500.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

4

Aduana de Despacho

Aduana-sección donde se realiza la operación de comercio exterior.

Obligatoria

3

Alfanumérico

• Debe ser el mismo número de documento declarado en el campo 5 del registro 500.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

5

Clave de pedimento a Rectificar

Clave de pedimento nueva.

Obligatoria

2

Alfanumérico

• Declarar una clave de pedimento listada en el Apéndice 2 del Anexo 22 de las RGCE, vigente en la fecha de su presentación ante la aduana.

• En los casos en que la normatividad lo permita, se podrá modificar la clave de pedimento declarada en el pedimento original.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

6

Fecha de Pago

Fecha en que se realiza el pago de diferencias de contribuciones, resultado de la rectificación.

Obligatoria

8

Fecha

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

7

Número de Pedimento Original

Número de pedimento asignado al pedimento original o a la última rectificación.

Obligatoria

7

Numérico

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

8

Patente o autorización original

Patente aduanal o autorización que realizó la operación original.

Obligatoria

4

Numérico

• El agente aduanal o persona que tramitó el pedimento original deberá haber estado autorizado en la fecha del mismo.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

9

Aduana-Sección de Original

Aduana-sección en la cual se efectuó la operación original o la última rectificación.

Obligatoria

3

Alfanumérico

• Deberá ser una clave válida listada en el Apéndice 1 del Anexo 22 de las RGCE.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

10

Clave de pedimento Original

Clave de pedimento declarada en el pedimento que se rectifica.

Obligatoria

2

Alfanumérico

• Declarar una clave de pedimento listada en el Apéndice 2 del Anexo 22 de las RGCE, vigente en la fecha de la presentación del pedimento original ante la aduana.

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.

11

Fecha de la Operación Original

Fecha en que se realizó la operación original o la última rectificación.

Obligatoria

8

Fecha

• No podrá declarase en NULO, CERO o ESPACIOS EN BLANCO.