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Versión 7.0, Junio de 2010
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Encabezado para determinación de Contribuciones a nivel partida para pedimentos complementarios al amparo del Artículo 303 del TLCAN 

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Para cada una de las partidas del pedimento complementario se deberán declarar los datos que a continuación se mencionan, conforme a la posición en que se encuentran en el encabezado de determinación de contribuciones a nivel partida del formato de pedimento complementario.

No. CAMPO

CONTENIDO

1.

SEC.

Número de la secuencia de la fracción que se declaró en el pedimento de retorno.

2.

FRACCION.

Fracción arancelaria conforme a la TIGIE aplicable al bien final, declarado en el pedimento de retorno, que se exporta a los Estados Unidos de América o Canadá.

3.

VALOR MERC. NO ORIG.

El monto que resulte de sumar el valor de los bienes que se hayan introducido a territorio nacional bajo un programa de diferimiento o devolución de aranceles, sobre los cuales se haya realizado el cálculo del monto del impuesto general de importación que se adeuda.

4.

MONTO IGI.

El monto en moneda nacional que resulte de sumar el impuesto general de importación correspondiente a los bienes que se hayan introducido a territorio nacional bajo un programa de diferimiento o devolución de aranceles, considerando el valor de los bienes determinados en moneda extranjera, al tipo de cambio vigente en la fecha en que se efectúe el pago del impuesto.

5.

TOTAL ARAN. EUA/CAN.

El monto total en moneda nacional del impuesto pagado por la importación definitiva en los Estados Unidos de América o Canadá, del bien que se haya exportado o retornado posteriormente, aplicando el tipo de cambio en los términos del artículo 20 del Código vigente en la fecha en que se efectúe el pago del impuesto o en la fecha en que se efectúe la determinación de los impuestos.

6.

MONTO EXENTO.

El monto en moneda nacional del impuesto determinado conforme lo declarado en el campo 4 (monto IGI) cuando sea igual o menor que el determinado en el campo 5 (ARAN. EUA/CAN), el cual nunca podrá ser inferior a cero.

7.

F.P.

Clave de la forma de pago del concepto a liquidar, conforme al Apéndice 13 del presente Anexo 22.

8.

IMPORTE.

Importe total en moneda nacional del concepto a liquidar, para la forma de pago declarada.

Para cada una de las partidas del pedimento complementario se deberán declarar los datos que a continuación se mencionan, tantas veces como sea necesario, por cada secuencia y fracción, declarada en el sub-bloque anterior.

9.

UMT.

Unidad de medida de la tarifa utilizada en los Estados Unidos de América o Canadá de las mercancías importadas a esos países.

10.

CANTIDAD UMT.

La cantidad correspondiente conforme a la unidad de medida de la tarifa de importación utilizada en los Estados Unidos de América o Canadá de las mercancías importadas a esos países.

11.

FRACC. EUA/CAN.

La fracción arancelaria aplicable al bien final importado a los Estados Unidos de América o Canadá.

12.

TASA EUA/CAN.

La tasa del impuesto de importación aplicada a cada bien por su importación a los Estados Unidos de América o Canadá.

13.

ARAN. EUA/CAN.

El monto del impuesto pagado por la importación definitiva en los Estados Unidos de América o Canadá, del bien que se haya exportado o retornado posteriormente. Este monto deberá señalarse en la moneda del país de importación.