Boletín Núm. P029  
 

Ciudad de México, 22 de Marzo de 2017

Gafete Único de Identificación para transportista en la aduana de Tijuana

Se hace referencia al boletín P067, donde se hace de su conocimiento que a partir del 05 de diciembre de 2016, estaría disponible el trámite de Expedición de Gafete Único de Identificación para transportista en la página www.ventanillaunica.gob.mx para su registro, solicitud y expedición del gafete de referencia para la aduana de Tijuana.

Por tal motivo, se estima conveniente aclarar que el Gafete Único de Identificación para transportista será exigible en la aduana, a partir de que se cuente con los componentes de integración tecnológica lo cual se dará a conocer a la brevedad a través del Portal del SAT, conforme a lo señalado en el último párrafo de la regla 2.4.11.

Por lo anterior, se les sugiere realizar dicho trámite a fin de cumplir con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Aduanera y la regla 2.3.10 de las Reglas Generales de Comercio Exterior y con los Lineamientos para el trámite de Gafetes de Identificación y de Gafetes Únicos de Identificación en los recintos fiscales y fiscalizados, ya que una vez instalados los componentes de integración tecnológica, señalados en el párrafo anterior, el operador solo podrá ingresar a la aduana portando el Gafete Único de Identificación para transportista.

No se omite mencionar que una vez que se reciba el Gafete Único de Identificación para transportista, el de cartón pierde validez, por lo que se les exhorta a la devolución del mismo en cualquier aduana.

 

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

















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