A todos los usuarios de comercio exterior, se les informa que ante cualquier incidencia o eventualidad en el trámite de
Encargo Conferido, que se realiza en la página de internet del SAT, deberá ser dirigido a los siguientes correos electrónicos:
maribel.galvan@sat.gob.mx
karina.ortega@sat.gob.mx
jamie.pimentel@sat.gob.mx
Lo anterior, toda vez que el aérea competente es la Administración General de Servicios al Contribuyente,
derivado de la publicación
del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria el 24 de agosto de 2015, el cual en su artículo 32 fracción
XVI, señala:
�Artículo 32.- Compete a la Administración General de Servicios al Contribuyente:
XVI Realizar, según sea el caso, la inscripción, actualización, modificación,
cancelación, suspensión o dejar sin efectos esta última, en el registro federal de contribuyentes, en los padrones
de importadores, de importadores de sectores específicos, de exportadores sectoriales y de cualquier otro padrón o registro
previsto en la legislación fiscal o aduanera, así como habilitar a los agentes aduanales a los que se les hubiera conferido
el encargo para actuar como consignatarios o mandatarios;�
Es menester indicar, que para tener acceso al aplicativo es necesario ingresar
al portal electrónico www.sat.gob.mx,
en la opción �Trámites�; en la sección �RFC�; campo �Importadores y Sectores Específicos.�
A continuación
se indica la liga de los Manuales del Encargo Conferido para mayor referencia:
http://www.sat.gob.mx/aduanas/tramites_autorizaciones/Paginas/default.aspx
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo. |