Boletín Núm. P052  
 

México, D.F., a 07 de julio 2015

�2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón�

VOCE - BENEFICIOS EMPRESAS CON PROGRAMA IMMEX (RGCE 4.3.23.)

Por medio del presente, se informa que a partir del día 16 de julio del presente año se incorporará una nueva funcionalidad en el Validador de Operaciones de Comercio Exterior (VOCE), la cual contemplará la validación del pedimento único que ampare las operaciones virtuales que realicen las empresas con Programa IMMEX y cuenten con la certificación en materia de IVA e IEPS, esto de conformidad con la Regla General de Comercio Exterior vigente 4.3.23., fracción I, inciso c.

El pedimento único virtual se realizará a través del pedimento de importación con clave de documento �V1 � Transferencias de mercancías�, en el cual se declarará el caso �TU - Transferencia de Mercancias (Operaciones Virtuales), con Pedimento Único�, dicho caso considera los siguientes supuestos de aplicación:

APENDICE 8
IDENTIFICADORES

Clave

Nivel

Supuestos de Aplicación

Complemento 1

Complemento 2

Complemento 3

TU - TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS (OPERACIONES VIRTUALES), CON PEDIMENTO UNICO

 

G

Señalar en operaciones de transferencia de mercancías que se importen temporalmente a través del Pedimento Único, de conformidad con la regla 4.3.23., fracción I, inciso c).

Declarar el RFC de la empresa que transfiere la mercancía.

 

Declarar el tipo de caso de la certificación autorizada de la empresa que transfiere la mercancía.

Indicar el rubro de la certificación autorizada.

La declaración de los casos �IM� y �V1� a nivel pedimento continuará en la misma forma en que se realiza actualmente en el pedimento virtual de importación.

Es importante señalar que la declaración de los identificadores mencionados son de carácter obligatorio. A manera de ejemplo, se ilustra un modelo para la declaración de casos:

507|5005486|IM|9992012|||

507|5005486|V1|9992013|IM||

507|5005486|CI|AA|||

507|5005486| TU|MCE1295214C5|CI|AAA |

Cabe señalar que no será necesario realizar el pedimento virtual de exportación cuando realicen la transferencia de mercancías a través del pedimento único virtual.

Por otro lado, para el beneficio de la fracción III de la regla 4.3.23., las empresas autorizadas conforme a dicha regla, podrán en la apertura de previos de consolidado declarar el caso �AV - Aviso Electrónico de Importación y Exportación�, para la transmisión al SAAI de la información correspondiente a cada remesa.

El caso �AV� considera los siguientes supuestos de aplicación:

APENDICE 8
IDENTIFICADORES

Clave

Nivel

Supuestos de Aplicación

Complemento 1

Complemento 2

Complemento 3

AV AVISO ELECTRONICO DE IMPORTACION Y EXPORTACION

G

Indicar en los previos de consolidado el uso del aviso electrónico de importación y exportación por cada remesa presentada ante el módulo de selección automatizado.

•  De conformidad con la regla 4.3.23, fracción III.

No asentar datos. (Vacío).

No asentar datos. (Vacío).

Se anexa cédula del Manual de Lineamientos de Aviso Electrónico de Importación y Exportación para su aplicación.

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

2000 INICIO DE ARCHIVO DE AVISOS

Registro para la declaración de inicio del archivo para Movimientos sobre Avisos para remesas de pedimentos consolidados

Carácter: Obligatorio

Se deberá declarar un registro de este tipo al inicio de cada transmisión de información


CAMPO

FORMATO

LONGITUD MÁXIMA

DESCRIPCIÓN

1

Tipo de Registro

Numérico

4

Identificador del Tipo de Registro (2000)

2

Clave del tipo de aviso

Alfanumérico

4

Clave del tipo de Aviso

•  1905 Avisos que hacen las empresas autorizadas conforme a la regla 3.8.1. inciso L y operaciones conforme a la regla 4.3.23.

•  1906 Avisos que hacen las empresas de la Industria Automotriz

•  1907 Avisos que realizan los Recintos fiscalizados Estratégicos

3

Patente

Numérico

4

Patente del Agente o Apoderado Aduanal

4

Pedimento

Numérico

7

Número de pedimento

5

Aduana

Alfanumérico

3

Clave de la aduana de despacho.

6

Remesa

Numérico

4

Número de remesa.

Para la clave del tipo de aviso 1906 y 1907 (Industria Automotriz y Recintos Fiscalizados Estratégicos) se deberá declarar nulo.

7

Movimiento

Alfanumérico

2

Identifica el movimiento que se pretende realizar:

A � Alta

B � Baja

Para la clave del tipo de aviso 1906 y 1907 (Recintos Fiscalizados Estratégicos) se deberá declarar nulo.

 

Acuse de Validación

Alfanumérico

8

Acuse de Validación del Aviso que se desea dar de baja. En caso de Movimiento A-Alta se deberá dejar vacío.



2001 INICIO DE AVISOS

Registro para la declaración de inicio de Avisos para remesas de pedimentos consolidados

Carácter: Obligatorio solo para las claves de tipo de aviso 1906 y 1907  


CAMPO

FORMATO

LONGITUD MÁXIMA

DESCRIPCIÓN

1

Tipo de Registro

Numérico

4

Identificador del Tipo de Registro (2001)

2

Clave del tipo de aviso

Alfanumérico

4

Clave del tipo de Aviso

•  1905 Avisos que hacen las empresas autorizadas conforme a la regla 3.8.1. inciso L y operaciones conforme a la regla 4.3.23.

•  1906 Avisos que hacen las empresas de la Industria Automotriz

•  1907 Avisos que realizan los Recintos Fiscalizados Estratégicos

3

Patente

Numérico

4

Patente del Agente o Apoderado Aduanal

4

Pedimento

Numérico

7

Número de pedimento

5

Aduana

Alfanumérico

3

Clave de la aduana de despacho.

6

Remesa

Numérico

4

Número de remesa.

7

Movimiento

Alfanumérico

2

Identifica el movimiento que se pretende realizar:

A � Alta

B � Baja

 

Acuse de Validación

Alfanumérico

8

Acuse de Validación del Aviso que se desea dar de baja.

 

 

















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