Boletín Núm. P028  
 

México, D.F., 16 de abril de 2015

�2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón�

En relación al boletín número P077 de fecha 9 de octubre de 2014, se hace de su conocimiento que el artículo Octavo resolutivo de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014, actualmente es el artículo Séptimo resolutivo de las Reglas Generales de Comercio Exterior, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 2015, no obstante lo anterior, el procedimiento para la modulación en el SAAI de los pedimentos de importación, exportación, retorno o tránsito de mercancías que no hubieran sido modulados en el mecanismo de selección automatizado, y cuyas mercancías hubiesen ingresado, salido o arribado al país, seguirá siendo el mismo.

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

















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