Boletín Núm. P018  
 

México, D.F. a 10 de marzo de 2014

Uso de NIU's multicarro para pedimentos Partes II - SICOFE

Se hace de su conocimiento que a partir del jueves 13 de marzo del 2014 los pedimentos partes II únicamente deberán declarar NIU's multicarro en el registro 503, mismas que fueron diseñadas específicamente para este tipo de pedimento, esto es, no se podrán validar NIU's sencillas para este tipo de pedimentos.

Lo anterior debido a que se liberará una actualización al aplicativo en la fecha prevista por lo que si se asocian Partes II a NIU´s sencillas recibirán error del validador.

Se envía el presente boletín para que los Apoderados y Agentes Aduanales que validen este tipo de pedimentos en aduanas de frontera norte que utilizan SICOFE tomen las medidas necesarias y no tengan problemas para realizar sus operaciones.

Para cualquier duda o comentario favor de dirigirse a las siguientes extensiones 49862 o 53762. Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

















Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.aduanas.gob.mx