Boletín Núm. P085  
 

México, D. F. 20 de diciembre de 2013.

Toma de muestra de Mercancías Conforme al Artículo 45 SICOSEM - VUCEM

Con relación al oficio que emite la VUCEM cuando se realiza el trámite de Solicitud de Inscripción en el Registro para la Toma de Muestras de Mercancías Conforme el Artículo 45 de la Ley Aduanera, se informa que el dato correspondiente a �AGATM� que genera la VUCEM tiene una longitud de 32 caracteres.

Derivado de que dicho dato debe declararse en el pedimento en el registro 554, con identificador MR y en el complemento1, el cual tiene una longitud de 20 caracteres, se informa que deberán declararse en el pedimento los últimos 20 caracteres del �AGATM� para el registro de la toma de muestras, en tanto se hace la modificación al sistema para que reciba los 32 caracteres.

Adicional derivado de que en la VUCEM no se encuentra implementada la consulta del AGATM para el verificador, se solicita sea digitalizado y relacionado al pedimento, lo anterior hasta nuevo aviso.

A fin de darles una mejor atención sobre el tema para cualquier duda o aclaración, favor de comunicarse a la extensión 49927.

 

Sin más por el momento reciban un cordial saludo.

















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