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Boletín Núm. P048 |
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México, D. F., 10 de julio de 2013. |
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Sectores y fracciones arancelarias y Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías. |
Con relación a la modificación de los Anexos 10 y 21 publicada en la Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012, el pasado 08 de julio de 2013, la Administración Central de Normatividad Aduanera, solicitó a la Administrador Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General Jurídica, la publicación de un Artículo Transitorio, para dejar sin efectos las modificaciones correspondientes al sector 9 del apartado B, del Anexo 10 y a la fracción III del Apartado B, del Anexo 21.
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo. |
Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.aduanas.gob.mx
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