Boletín Núm. P012  
 

México, D.F. 14 de febrero de 2013.

Operaciones de retorno de mercancía y cambio de régimen para
empresas IMMEX

Se hace de su conocimiento que el día de hoy se liberó a nivel nacional, la versión del Validador de Operaciones de Comercio Exterior que contiene la funcionalidad para otorgar a las empresas IMMEX el plazo considerado en el artículo 28 del Decreto IMMEX, que señala : “CUANDO LA SECRETARIA NOTIFIQUE LA CANCELACION DE UN PROGRAMA, LA EMPRESA DEBERÁ CAMBIAR AL RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN DEFINITIVA O RETORNAR EN LOS TERMINOS DE LEY LAS MERCANCIAS IMPORTADAS TEMPORALMENTE AL AMPARO DE SU PROGRAMA, EN UN PLAZO DE 60 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LE SEA NOTIFICADA DICHA CANCELACIÓN”.

Con lo que se corrige que el sistema envíe incorrectamente el error “LA SITUACION DEL PERMISO DECLARADO SE ENCUENTRA FINALIZADA, SOLO SE PERMITEN OPERACIONES CON ESTA SITUACION A RETORNO Y CAMBIOS DE REGIMEN”, cuando corresponda a la operación antes mencionada.

















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