Boletín Núm. P009  
 

México, D. F. 25 de enero de 2013.

CAAT: Código Alfanumérico Armonizado del Transportista

En alcance al Boletín P037 de fecha 15 de marzo de 2012, con relación al Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (CAAT), por medio del presente se reitera a todos los transportistas que la declaración del Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (CAAT) es obligatorio haciendo referencia a las reglas 2.4.6 y 2.4.7 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, por tal motivo se solicita verificar la vigencia del mismo y que corresponda al transportista que está realizando el movimiento de mercancías.

Asimismo, se hace de su conocimiento, que al momento de realizar la declaración del código (CAAT) en el Código de Barras del formato Relación de Documentos conforme a las reglas 3.1.3 y 3.1.13 de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, será necesario colocar todos los dígitos que lo constituyen, ya que el Sistema Automatizado Aduanero Integral (SAAI) lo reconocerá como una cadena de caracteres y no como un número; es decir, si el código lleva ceros a la izquierda éstos no deberán omitirse, por ejemplo: si el código del transportista es 0128, se tiene que colocar tal cual y no sólo el 128.

Adicionalmente, si el transportista no cuenta con número de Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (CAAT) tendrá que seguir las siguientes indicaciones:

Ingresar al portal de Ventanilla Única y capturar los datos de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para usuarios nacionales o bien, con la clave de usuario y contraseña para el caso de extranjeros, al siguiente link:

www.ventanillaunica.gob.mx

Cabe mencionar que el CAAT en base a la normatividad vigente, es obligatorio a nivel Nacional, es por ello que se exhorta a los transportistas que si no cuentan con él lo obtengan en el portal antes citado.

Cualquier duda o aclaración favor de comunicarse al Tel. 5802-0000 Ext. 49422, 49740 y 48959.

 

Sin más por el momento reciban un cordial saludo.
















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