Boletín Núm. P019  
 

México, D. F., 01 de febrero de 2012

Acuerdo de Integración Comercial Perú / México

Derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de febrero del 2012, del �Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa aplicable a partir del 1 de febrero de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República del Perú�, emitido por la Secretaría de Economía, y en tanto se realizan las adecuaciones al Sistema Aduanero Automatizado Integral para reconocer y hacer válidas las preferencias arancelarias consideradas en el referido Acuerdo, a continuación se ilustra la forma que se deberá declarar temporalmente la preferencia arancelaria en operaciones sujetas a los supuestos de aplicación ahí descritos:

554|2000000|00000001|01| AL | AIC | PER |

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

















Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.aduanas.gob.mx