Boletín Núm. P107  
  México, D. F. 08 de agosto de 2011
 
 
BOLETIN INFORMATIVO


Modificación regla 4.5.12.


Por medio del presente, se informa que la Administración Central de Regulación Aduanera, solicitó la modificación a la relga 4.5.12 a efecto de eliminar la autorización que se pide a la AGA toda vez que dicho beneficio se les daba a los almacenes generales certificados, pero debido a la eliminación del esquema, se da el beneficio a todos los AGD´s, quedando de la siguiente manera:

4.5.12. Para los efectos del artículo 120, fracción III de la LEY, las operaciones mediante las que se retornen al extranjero las mercancías de esa procedencia, se deberá realizar conforme al siguiente procedimiento, previa autorización de la AGA:

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Dicha modificación será publicada en la próxima resolución de modificaciones a las RCGMCE para 2011.

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.












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