BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm.P035
Marzo 11, 2009
Modificaciones al Sistema de Cartas de Cupo Electrónicas y Validador


Por medio del presente se informa que fue liberada el día 09 de marzo de 2009, la versión piloto del Sistema de Cartas de Cupo Electrónicas y del Validador de Operaciones de Comercio Exterior  (VOCE) en la aduana de Pantaco, misma que se ampliará a la aduana de Manzanillo el 11 de Marzo del año en curso. Dicha versión contiene las siguientes modificaciones:

Sistema de Cartas de Cupo Electrónicas de los Almacenes Generales de Depósito.
1.- Informe de donación o destrucción movimiento ID

  • Una vez validado el informe de donación o destrucción se afectarán automáticamente los saldos del pedimento con clave de documento A4 relacionado. Considerando la cantidad declarada en el informe de donación o destrucción como ejercida.

2.- Informe de Arribo de Mercancías por discrepancia documental movimiento AI

  • Se crea un nuevo complemento en el informe de arribo de mercancías, mismo que será usado cuando un almacén general de depósito reciba mercancía que en cantidad coincida con la declarada en los documentos a que se refiere el artículo 36 de la Ley, pero exista discrepancia con la declarada en el pedimento, el cual se deberá declarar de la siguiente manera:
    •  En la declaración del caso IAM del registro 614, se deberá declarar el complemento DD (Discrepancia documental).
    • Será obligatoria la declaración del registro 651(mercancías de la carta cupo).
    • Se deberá declarar el registro 652 con Tipo de caso “IAM” y con Identificador del caso “D”.

 

Validador de Operaciones de Comercio Exterior (VOCE)
1.- Regularización de mercancía sobrante con clave de documento A3

  • Una vez validado un informe de arribo con mercancía sobrante, no se permitirá realizar pedimentos de extracción hasta que no sea regularizada dicha mercancía, para lo cual se deberá declarar lo siguiente:
  • El pedimento de regularización A3 debe contener en el registro de descargos (512) el pedimento A4 (el cual tiene ligado la carta de cupo con informe de arribo con sobrantes) y deberán de coincidir las mercancías de dicho pedimento de regularización con las mercancías sobrantes declaradas en el informe de arribo.

2.- Pedimentos de extracción de depósito fiscal

  • No se permitirá ningún pedimento de extracción hasta que no se tenga previamente un informe de arribo de mercancías.

3.- Rectificación de Pedimentos con clave de documento A4

  • Al rectificar fracción arancelaria, unidad de medida o cantidad de mercancía conforme a la tarifa de un pedimento A4 en cualquier supuesto aplicable de la regla de carácter general 3.6.5, de manera automática se rectificará la carta de cupo electrónica ligada a este.

4.- Rectificación de Pedimentos A4 por discrepancia documental
a) Se podrá rectificar un pedimento A4 cuando un almacén general de depósito reciba mercancía que en cantidad coincida con la declarada en los documentos a que se refiere el artículo 36 de la Ley, pero exista discrepancia con la declarada en el pedimento, siempre que se cumpla con lo siguiente:

  • Declaren el identificador del caso a nivel partida “DR”, indicando que se trata de una rectificación por discrepancia documental. El identificador DR solo se utilizará en pedimentos de rectificación A4 cuando este pedimento ya se encuentre desaduanado y cumplido.
  • Que la carta de cupo ligada al pedimento A4 tenga un informe de arribo de mercancías por discrepancia documental.
  • Que la fracción, cantidad y la unidad de medida conforme a la tarifa, declarada en el pedimento de rectificación, sea igual a lo declarado en el Informe de Arribo.
  • Que el valor de las contribuciones declaradas en el pedimento de rectificación sean igual a el valor de las contribuciones determinadas en el pedimento original.

Al presente se anexa el manual actualizado del Sistema de Cartas de Cupo Electrónicas, así como el catalogo de errores actualizado.

Para cualquier duda o comentario favor de comunicarse con la Lic. Fanny Marlene Palacios Morales fanny.palacios@sat.gob.mx al 58022466, con el Ing. Marco Antonio Aguilar Ruiz marco.aguilar@sat.gob.mx 58020000 ext 49167ocon la Lic. Yolanda Edith Herrera Serna yolanda.herrera@sat.gob.mx a la ext53553.

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.












OPERACIÓN ADUANERA
Ing. Mónica Marcela González Fuentes