BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm. P065
Octubre 15, DE 2008

Medida de transición temporal sobre las importaciones de diversas mercancías originarias de la República Popular China


De conformidad con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 14 de octubre de 2008, del ACUERDO por el que se implementa una medida de transición temporal sobre las importaciones de diversas mercancías originarias de la República Popular China, se informa que a partir del día 15 de octubre se podrá declarar en los pedimentos la clave de contribución 20 MEDIDA DE TRANSICION, para señalar la tasa e importe a pagar por este concepto.

Se anexa al presente el oficio No. 800-02-04-00-00-2008-12877, mediante el cual la Administración de Regulación Aduanera “4” solicita la modificación y publicación en el Diario Oficial de la Federación de los Anexos 1, 19 y 22 en sus apéndices 2 y 12 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.












OPERACIÓN ADUANERA
Ing. Mónica Marcela González Fuentes