BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm. P039
Junio 17 de 2008

Criterios de validación en pedimentos clave A3

 

Derivado de las consultas que nos han realizado los usuarios de Comercio Exterior, en relación con la validación de pedimentos de importación con clave A3, hacemos algunas precisiones:

 

1) En alcance a los  Boletines P021 del 27 de marzo y P027 del 10 de abril de 2008 relativos a condonaciones que se declaran  con el identificador CO, les informamos que para efecto del cálculo de la base gravable del IVA no deberán tomar en cuenta el importe de IGI declarado con forma de pago 14.

 

2) Cuando se declaren los identificadores  RI y A3 con complemento 2, en los cuales proceda la aplicación de preferencias arancelarias y el validador envíe el error “RE o RI no permite preferencias arancelarias”, podrán presentar el pedimento ante la Aduana correspondiente solicitando la justificación de este error, ajustándose al procedimiento establecido en la Unidad segunda, apartado E del Manual de Operación Aduanera. 

 

3) En las operaciones  que se declaren los identificadores IC y A3 con complemento 7, se recomienda no declarar el identificador RI para que el validador otorgue firma en automático.

 

4) Asimismo, informamos que la declaración de fechas en el pedimento deberá apegarse al Instructivo de Llenado del pedimento, Anexo 22 de las RCGMCE 2008 y en caso de que el validador envíe error, también se podrá solicitar la  justificación correspondiente.

 

No omitimos comentar que la justificación de estos errores, se autorizarán en tanto se modifica la programación en el Sistema.

 

Para cualquier aclaración o comentario favor de comunicarse con Ana Guillén al teléfono 5802-0319, ID 78 82919, correo electrónico ana.guillen@sat.gob.mx ó Alejandra Larracilla Guerra al teléfono 5802-2538, ID 78 22785, correo electrónico maria.larracilla@sat.gob.mx.

 

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo,

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


OPERACION ADUANERA

Ing. Mónica Marcela González Fuentes