BOLETIN INFORMATIVO

 

 

Núm. P027
10 de abril de 2008

 

Formas de pago para condonaciones

 

 

Sirve el presente para especificar las formas de pago a utilizarse en la validación de los pedimentos con clave A3 utilizando el identificador CO “Condonación emitida de conformidad con el artículo Séptimo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2007, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de Diciembre de 2006”, mismo que fue publicado en el D.O.F. del 25 de marzo de 2008.

 

Forma de pago 14 “Condonaciones” para declarar el monto condonado por la Administración Local de Recaudación.

 

En los casos en los que se hubiera liquidado con el formulario múltiple de pago el monto no condonado, se deberá declarar la forma de pago 13  “Pago ya efectuado”. Es importante mencionar que debido a la actualización que el sistema realiza en el cálculo de contribuciones en el pedimento, éste puede arrojar una diferencia en el monto de pago en relación con lo liquidado en el formulario múltiple de pago, por lo que esa diferencia deberá declararse también bajo la forma de pago 13 “Pago ya efectuado”.

 

La forma de pago para los montos que no se hayan pagado aún serán las permitidas dentro de la clave A3

 

 

Para cualquier duda, aclaración o comentario favor de comunicarse con Blanca Estela Silva al teléfono 5802-0804,  ID 78 83404, correo electrónico blanca.silva@sat.gob.mx ó Alejandra Larracilla Guerra al teléfono 5802-2538, ID 78 22785, correo electrónico maria.larracilla@sat.gob.mx.

 

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


OPERACION ADUANERA

Ing. Mónica Marcela González Fuentes