BOLETIN INFORMATIVO

 

 

Núm. P024
Abril 03, de 2008

 

Regla 2.4.13 

 

Por medio del presente se informa que la regla 2.4.13, la cual hace mención que los agentes de carga internacional deberán proporcionar la información relativa a las mercancías para las que contrataron el servicio de transporte marítimo, dentro de 24 horas antes de que se cargue el buque, no sufrirá ninguna  prorroga, por lo tanto se les recuerda que se deberá dar cumplimiento de manera oportuna a dicha regla a partir del 01 de mayo del año en curso.

 

 

En caso de presentarse dudas favor de comunicarse con el Lic. José Marcos García Nieto al teléfono 58-02-12-77 o vía mail a marcos.garcia@sat.gob.mx.

 

 

Sobre el particular por el momento, reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


OPERACION ADUANERA

Ing. Mónica Marcela González Fuentes