BOLETIN INFORMATIVO

 

 

Núm. 008

Enero 30, 2008. 

Nuevas claves IMMEX

 

Teniendo como referencia la publicación de fecha 1 de noviembre de 2006, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del DECRETO PARA EL FOMENTO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA, MAQUILADORA Y DE SERVICIOS DE EXPORTACIÓN (IMMEX), el cual entró en vigor el 13 de noviembre del mismo año.  Desde entonces la Secretaría de Economía (SE) ha venido asignando números a los programas de Maquila y Pitex que cumplen con determinados requisitos establecidos para este efecto, dándolos a conocer mediante publicación en su página de Internet y en el DOF; estableciendo que en tanto se les asignara el número de programa, los titulares podían utilizar el número o clave Pitex o Maquila, según corresponda, los cuales que quedarían sin efecto el 1 de julio de 2007.  Dicha fecha fue prorrogada por la SE mediante la Segunda modificación al acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios en materia de comercio exterior, publicada en el DOF el 12 de octubre de 2007, quedando la fecha límite hasta el 31 de enero de 2008.

 

Por otra parte el 27 de abril de 2007, la SHCP publicó en el DOF las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007, siendo que su resolutivo noveno se modificó por el segundo y quinto resolutivo de la Primera y Cuarta Resolución de modificaciones a dichas Reglas publicados en el DOF el 27 de junio y el 29 de noviembre de 2007 respectivamente, quedando el mismo en los siguientes términos:

 

Segundo.- Se modifica lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo Noveno de las reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007, publicadas en el DOF el 27 de abril de 2007, para quedar como sigue:

 

“Noveno.- Para los efectos del Decreto IMMEX, las personas morales que cuenten con un

 programa, estarán a lo siguiente:

 

1. Las personas morales que al 13 de noviembre de 2006, hubieran contado con un programa de maquiladora o PITEX, deberán utilizar hasta el 31 de enero de 2008, los formatos, avisos, las claves de pedimento y los identificadores que correspondan a maquiladoras o PITEX, según se trate, para realizar sus operaciones, establecidos en los Anexos 1 y 22, Apéndices 2 y 8 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2006.

 

2.       Las personas morales que a partir del 13 de noviembre de 2006 cuenten con un programa, deberán utilizar hasta el 31 de enero de 2008, los formatos, avisos, claves de pedimento y los identificadores que correspondan a maquiladoras, para realizar sus operaciones, establecidos en los Anexos 1 y 22, Apéndices 2 y 8 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2006.

 

Lo dispuesto en el párrafo anterior, también aplica para las maquiladoras o PITEX que tuvieron más de un programa por RFC y la SE les autorice un Programa IMMEX.”

 

 

Por lo anterior, a partir del 1 de febrero del año en curso, los titulares de los programas IMMEX, deberán utilizar las nuevas claves documento que se precisan en el Apéndice 2 del Anexo 22 de la Primera resolución de modificaciones a las RCGMCE para 2007 y el identificador de caso y permiso IM contenido en los Apéndice 8 y 9 de citado Anexo.

 

Se adjunta al presente un cuadro resumen de la correspondencia entre las claves de documento para operaciones de empresas con programa IMMEX, vigentes hasta el 31 de enero de 2008 y las nuevas claves de pedimento.

 

 

Los criterios de validación para pedimentos consolidados y rectificaciones que se aplicarán para los titulares de los programas IMMEX, serán los siguientes.

 

 

Pedimentos consolidados:

 

-         Tratándose de pedimentos consolidados, en los que el previo fue validado antes del 1 de febrero del año en curso, se permitirá declarará la clave de documento con la que se inició el pedimento (A2, H2, A6, H3, J1, J2, A8, H5, A7, H4, AA, H7, A9 y H6); y deberá declararse el identificador de caso IM en el registro 507.

 

-         A partir del 1 de febrero de 2008, sólo deberán iniciarse previos de consolidado con las nuevas claves de documento. 

 

 

Rectificaciones:

 

-         Si el pedimento que se rectifica ya pasó Selección Automatizada, se utilizarán las claves de documento vigentes hasta 31 de enero del actual, con el identificador de caso y/o permiso IM en los registros 507 y/o 553 según corresponda.

 

-         Si el pedimento que se rectifica no se ha presentado a Selección Automatizada, se utilizarán las nuevas claves de documentos y el identificador de caso y/o permiso IM en los registros 507 y/o 553 según corresponda.

 

 

Los pedimentos de retorno y cambio régimen que validen los titulares de programas Pitex ó Maquila que no hayan obtenido un programa IMMEX, deberán ser presentados con las claves de documento vigentes hasta el 31 de enero de 2008 y declarar las claves de los identificadores Pitex o Maquila, según corresponda.

 

 

Para cualquier duda, aclaración o comentario favor de comunicarse con Blanca Estela Silva al teléfono 5802-0804,  ID 78 83404, radio 52*1196*125, correo electrónico blanca.silva@sat.gob.mx ó José Esteban Guzmán al teléfono 5802-2538, ID 78 24085, correo electrónico  esteban.guzman@sat.gob.mx

 

 

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.  

 

 

 

Equivalencias de las claves de documento de PX y MQ

en relación a las claves IMMEX

 

 

Anterior clave

 

Descripción

Nueva clave

Descripción

A2

Importación temporal de insumos por PX

IN

Importación temporal de insumos por IMMEX

H2

Importación temporal de insumos por MQ

A6

Importación temporal de activo fijo por PX

AF

Importación temporal de activo fijo por IMMEX

H3

Importación temporal de activo fijo por MQ

J1

Retorno de mercancía transformada por MQ

RT

Retorno de mercancía transformada por IMMEX

J2

Retorno de mercancía transformada por PX

A8

Extracción de depósito fiscal en almacén general de depósito de insumos por PX

E1

Extracción de depósito fiscal en almacén general de depósito de insumos por IMMEX

H5

Extracción de depósito fiscal en almacén general de depósito de insumos por MQ

A7

Extracción de depósito fiscal en almacén general de depósito de activo fijo por PX

E2

Extracción de depósito fiscal en almacén general de depósito de activo fijo por IMMEX

H4

Extracción de depósito fiscal en almacén general de depósito de activo fijo por MQ

AA

Extracción de depósito fiscal en locales destinados a exposiciones internacionales, de insumos por PX

E3

Extracción de depósito fiscal en locales destinados a exposiciones internacionales, de insumos por IMMEX

H7

Extracción de depósito fiscal en locales destinados a exposiciones internacionales, de insumos por MQ

A9

Extracción de depósito fiscal en locales destinados a exposiciones internacionales, de activo fijo por PX

E4

Extracción de depósito fiscal en locales destinados a exposiciones internacionales, de activo fijo por IMMEX

H6

Extracción de depósito fiscal en locales destinados a exposiciones internacionales, de activo fijo por MQ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


OPERACION ADUANERA

Ing. Mónica Marcela González Fuentes