BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m.P084��

Julio 10, de 2006

 

Reglas de Duty Free

 

Con relaci�n a lo dispuesto en la fracci�n IX del articulo Primero Transitorio de las RCGMCE, por este conducto se informa que la Administraci�n Central de Operaci�n Aduanera de la Administraci�n General de Aduanas solicit� a la Administraci�n Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administraci�n General Jur�dica mediante oficio 326-SAT-I-44043 del 6 de Julio, ampliar el plazo de la entrada en vigor de las reglas 3.6.26, 3.6.27, 3.6.28, 3.6.29, 3.6.30, 3.6.31, 3.6.32 y 3.6.33 hasta el d�a 1 de Agosto del a�o en curso.

 

Adicionalmente, a trav�s de dicho oficio se solicit� adicionar a la 1� resoluci�n de modificaciones de la RGMCE un art�culo Resolutivo para establecer que quienes cuenten con autorizaci�n para destinar mercanc�as al r�gimen de dep�sito fiscal para exposici�n y venta, deber�n transmitir electr�nicamente a la AGA para su registro en el SAAI el inventario de mercanc�as que cuenten el 31 de julio de 2006 a m�s tardar el 10 de agosto del a�o en curso.

 

Para efectos del p�rrafo anterior, se informa que los lineamientos ya se encuentran en la p�gina de Aduanas en el apartado Descarga de Archivos/Lineamientos:

http://www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/A_Descarga_Archivos.htm

 

 

Sin m�s por el momento, aprovecho la ocasi�n para enviarles un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SOLUCIONES DENEGOCIO PARA ADUANAS

Ing. Dalynn Michelle Somuano Spears