BOLETIN INFORMATIVO

 

 N�m. P007

                                                                                 Enero 20, de 2006

 

Importaci�n Definitiva de Veh�culos Usados por empresas comercializadoras de autos usados

 

Con relaci�n a la regla 2.10.7 que menciona,

 

2.10.7.    Para los efectos de lo dispuesto en el �Decreto por el que se establecen las condiciones para la importaci�n definitiva de veh�culos automotores usados, por parte de empresas comerciales de autos usados, destinados a permanecer en la franja fronteriza norte del pa�s, en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la regi�n parcial del Estado de Sonora y en el municipio fronterizo de Cananea, Estado de Sonora�, publicado en el DOF el 8 de febrero de 1999, las personas f�sicas y morales que cumplan con los requisitos establecidos en el art�culo 3o del citado Decreto, podr�n tramitar la importaci�n definitiva de veh�culos usados destinados a permanecer en la franja fronteriza norte del pa�s, en los Estados de Baja California y Baja California Sur, en la regi�n parcial del Estado de Sonora y en los municipios de Cananea y Caborca, Estado de Sonora, siempre que:

���������� .....................................................................................................................................................................

2.����� En el pedimento se deber� declarar lo siguiente:

a)       En el campo de identificador a nivel partida, indicar las claves �MV� y �C2�, previstas en el Ap�ndice 8 del Anexo 22 de la presente Resoluci�n;

...................................................................................................................................................................

..................................................................................................................................................................�.

 

Por este medio se reitera que el n�mero de autorizaci�n de la Secretar�a de Econom�a para realizar la importaci�n definitiva de veh�culos usados por parte de Empresas Comercializadoras, debe declararse en el pedimento de la siguiente manera:

Registro 507,

Identificador C2,

complemento1 = 1,

complemento2= N�mero de autorizaci�n emitido por la Secretar�a de Econom�a, el cual est� conformado de la siguiente manera:

RRRRRRRRRRRRAU999999

 

Donde:

 

RRRRRRRRRRRRRFC de 12 o 13 posiciones

AU��������������������� constante para Autos Usados

999999�������������� consecutivo por a�o, los �ltimos dos d�gitos corresponden a los �ltimos dos d�gitos del a�o de expedici�n de la autorizaci�n

 

En caso de dudas podr� comunicarse con Fanny Marlene Palacios Morales al tel�fono 91572542 � v�a correo electr�nico a la cuenta fanny.palacios@sat.gob.mx o con Susana Dom�nguez en el tel�fono 91573218 o 91576175 � v�a correo electr�nico a la cuenta susana.dom�nguez@sat.gob.mx.

 

 

Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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