BOLETIN INFORMATIVO

N�m. P091
Agosto 12, de 2005

Control de Pedimentos Complementarios

En alcance al Bolet�n No. P074 del 29 de junio del a�o en curso, referente al Control de Pedimentos de Retorno de mercanc�as sujetas a los art�culos 303 del TLCAN, 14 del TLCUE y 15 del TLCAELC en los que se declare que presentar�n el Pedimento Complementario en el plazo de 60 d�as posteriores al retorno, se informa lo siguiente:

- Se pospone la entrada en operaci�n del citado control, de manera que �ste aplicar� a los pedimentos de retorno que se realicen a partir del pr�ximo 15 de agosto del presente a�o en adelante. Cabe aclarar que el control se iniciar� s�lo con los pedimentos de retorno que se presenten a partir de dicha fecha en los que se hubiese declarado los identificadores ST y/o DT con complementos 8 � 9b, trat�ndose de operaciones con pa�ses del TLCAN o SU y/o DU con complemento 15, trat�ndose de operaciones con pa�ses del TLCUE o TLCAELC, es decir no aplica para los pedimentos de retorno que se hubiesen presentando con anterioridad al 15 de agosto ni a los pedimentos de retorno que se presenten a partir de dicha fecha en los que se hubiese declarado los identificadores ST y/o DT con complementos distintos a 8 � 9b o SU y/o DU con complementos distintos a 15.

- Si vencido el plazo de los 60 d�as naturales contados a partir de la fecha del pedimento de retorno de la mercanc�a, un exportador no hubiera presentado el pedimento complementario correspondiente, el SAAI enviar� una ALERTA a los pedimentos que se validen con el RFC del exportador que est� en dicha situaci�n, con la leyenda: �EL RFC tiene pedimentos de retorno por los que no se ha presentado el pedimento complementario correspondiente y cuenta con un plazo de 10 d�as naturales para su presentaci�n�, otorgando la firma electr�nica si no existe ning�n otro error.

- Si vencido el plazo de los 10 d�as naturales se�alados en el p�rrafo anterior, no se presenta el pedimento complementario correspondiente, el SAAI marcar� ERROR a los pedimentos que se validen con el RFC del exportador que est� en dicha situaci�n, con la leyenda: �EL RFC tiene pedimentos de retorno, pendientes de presentar su complementario� y no otorgar� la firma electr�nica en tanto no se presente el pedimento complementario correspondiente.


Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.

 

 

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