BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m. P081

Julio 21, de 2005

 

Criterios de validaci�n para

preferencias arancelarias con Panam� y Paraguay

 

En seguimiento a lo se�alado en los boletines n�meros P127 de fecha 02 de julio de 2004 y P133 del 09 de julio de 2004, donde se dieron a conocer los criterios de validaci�n para preferencias de ALADI y tasas de descuento sobre la TIGIE, se les informa que ya fue incorporada al SAAI M3, la informaci�n de preferencias arancelarias otorgadas por M�xico a las importaciones originarias de la Rep�blica de Panam� y Paraguay, considerando los siguientes decretos:

 

PANAMA:

 

        DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se aplicar� el Acuerdo de Alcance Parcial, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la Rep�blica de Panam�, de fecha 23 Nov 1998

 

PARAGUAY

 

        DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se aplicar� el Acuerdo de Alcance Parcial, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la Rep�blica de Panam�, de fecha 23 Noviembre 1998

        DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se aplicar� el Acuerdo Regional n�mero 7 de Cooperaci�n e Intercambio de Bienes en las �reas Cultural, Educacional y Cient�fica de fecha 30 Marzo 2000

        DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se aplicar� el Acuerdo Regional n�mero 4, relativo a la Preferencia Arancelaria Regional de fecha 10 Abril 2000

        DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se aplicar� el Acuerdo de Alcance Parcial No. 38, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la Rep�blica del Paraguay de fecha 17 Abril 2000

        DECRETO para la Aplicaci�n del Acuerdo Regional No. 3 de Apertura de Mercados a favor de Paraguay de fecha 23 Agosto 2000

 

 

Por lo anterior, en caso de que el validador marque errores en el importe o la tasa de advalorem, cuando se est�n aplicando preferencias con Per�, Brasil, Argentina, Ecuador, Cuba, Panam� y Paraguay, el personal de la aduana deber� informar de los errores al correo electr�nico de tania.regato@sat.gob.mx una vez que haya verificado que los datos declarados son correctos, con el fin de corregir la inconsistencia y evitar posteriores justificaciones.

 

Cabe aclarar que queda pendiente la correcci�n de tasas preferenciales para Uruguay, de las cuales se informar� por este medio en cuanto se lleven a cabo.

 

Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SOLUCIONES DE NEGOCIO PARA ADUANAS

I