BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P081
Criterios de validaci�n para
preferencias arancelarias
con Panam� y Paraguay
En seguimiento a lo se�alado en los boletines n�meros P127 de fecha 02 de
julio de 2004 y P133 del 09 de julio de 2004, donde se dieron a conocer los
criterios de validaci�n para preferencias de ALADI y tasas de descuento sobre
la TIGIE, se les informa que ya fue incorporada al SAAI M3, la informaci�n de
preferencias arancelarias otorgadas por M�xico a las importaciones originarias
de la Rep�blica de Panam� y Paraguay, considerando los siguientes decretos:
PANAMA:
�
DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se
aplicar� el Acuerdo de Alcance Parcial, suscrito entre los Estados Unidos
Mexicanos y la Rep�blica de Panam�, de fecha 23 Nov 1998
PARAGUAY
�
DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se
aplicar� el Acuerdo de Alcance Parcial, suscrito entre los Estados Unidos
Mexicanos y la Rep�blica de Panam�, de fecha 23 Noviembre 1998
�
DECRETO que establece las bases
conforme a las cuales se aplicar� el Acuerdo Regional n�mero 7 de Cooperaci�n e
Intercambio de Bienes en las �reas Cultural, Educacional y Cient�fica de fecha
30 Marzo 2000
�
DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se
aplicar� el Acuerdo Regional n�mero 4, relativo a la Preferencia Arancelaria
Regional de fecha 10 Abril 2000
�
DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se
aplicar� el Acuerdo de Alcance Parcial No. 38, suscrito entre los Estados
Unidos Mexicanos y la Rep�blica del Paraguay de fecha 17 Abril 2000
�
DECRETO para la Aplicaci�n del Acuerdo Regional No. 3 de
Apertura de Mercados a favor de Paraguay de fecha 23 Agosto 2000
Por lo anterior, en caso de que el validador marque errores en el importe
o la tasa de advalorem, cuando se est�n aplicando preferencias con Per�,
Brasil, Argentina, Ecuador, Cuba, Panam� y Paraguay, el personal de la aduana
deber� informar de los errores al correo electr�nico de tania.regato@sat.gob.mx
una vez que haya verificado que los datos declarados son correctos, con el fin
de corregir la inconsistencia y evitar posteriores justificaciones.
Cabe aclarar que queda pendiente la correcci�n de tasas
preferenciales para Uruguay, de las cuales se informar� por este medio en
cuanto se lleven a cabo.
Sin
m�s por el momento, reciban un cordial saludo.