BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P043
Abril
13, del 2005
FIRMA ELECTR�NICA AVANZADA
En relaci�n a
la pr�xima entrada en vigor de la regla 2.1.11 de las Reglas de Car�cter
Generales en Materia de Comercio Exterior, se informa que los Agentes,
Apoderados Aduanales, Apoderados de Almac�n y Mandatarios que ya cuenten con su
Certificado de Firma Electr�nica Avanzada (FEA), pueden hacer uso de ella en
sustituci�n del Nip de Acceso al SAAI M3 a partir del 18 de Abril del a�o en
curso, firmando electr�nicamente sus archivos de pedimento con la FEA.
Adicionalmente,
se les comunica que a partir del 25 de Abril del 2005 todos aquellos que ya
cuenten con la FEA deber�n hacer uso del ella en la� validaci�n de pedimentos.
Por ultimo, no
omito manifestarle que el uso de la FEA para el tramite de los pedimentos
correspondientes ser� obligatorio para todos los Agentes, Apoderados Aduanales,
Apoderados de Almac�n y Mandatarios a partir del 1� de mayo del a�o en curso y
no habr� pr�rroga alguna.
Sin m�s por el
momento, reciban un cordial saludo.