BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P028
Marzo 10, de 2005
Sistema de Control de Agentes y Apoderados Aduanales
Con
relaci�n al art�culo 17 de la Ley Aduanera el cual establece que todas las
personas que presten sus servicios o que realicen actividades dentro de los
recintos fiscales o fiscalizados deber�n portar los gafetes u otros distintivos
que los identifiquen, por lo que se hace un atento recordatorio a los
responsables en las Aduanas del Sistema de Control de Agentes y Apoderados
Aduanales (SCAAA) para que asignen y registren los gafetes de Agentes,
Apoderados, Mandatarios y Dependientes dentro de dicho sistema. Es importante
se�alar que se deben actualizar todos los datos de dichas personas en especial
el domicilio de circunscripci�n de la Aduana as� como el estatus de operando.
As� mismo se hace la invitaci�n a todos los Dependientes para que
verifiquen en cada aduana donde est�n autorizados a operar, que su informaci�n
se haya capturado completamente en el sistema, ya que debido a la puesta en
operaci�n de los sistemas de Reconocimiento en M3 y Toma de Muestras en M3, si
no se tienen completos sus datos personales en el SCAAA, el Sistema de
reconocimiento en M3 no permitir�n llevar a cabo ning�n tipo de despacho.
Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.