BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m. P007

Enero 21 del 2004

 

FIRMA ELECTR�NICA AVANZADA

 

En relaci�n a la entrada en vigor de la regla 2.1.11 de las reglas generales en materia de comercio exterior, se informa que la Administraci�n General de Asistencia al Contribuyente facilitar� a los Agentes, Apoderados y Mandatarios Aduanales que lo requieran, la obtenci�n de la Firma Electr�nica Avanzada en las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente, garantizando la prontitud del tr�mite, para lo cual se anexa un listado con los responsables de cada Administraci�n Local.

 

En caso de que existiera alguna inconsistencia, el interesado debe presentarse personalmente en la Administraci�n Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda, donde le orientar�n y ayudar�n a solventarla.

 

Cabe se�alar que el servicio que se proporciona para la obtenci�n del certificado de Firma Electr�nica Avanzada es totalmente gratuito y que el Servicio de Administraci�n Tributaria no avala ni certifica a persona alguna, sociedad, asociaci�n o empresa cuya actividad sea la asesor�a, creaci�n de software, producto o servicio relacionado a la Firma Electr�nica Avanzada, diferentes de los dispuestos en el C�digo Fiscal de la Federaci�n y en la Resoluci�n Miscel�nea Fiscal.

 

Sin m�s por el momento, reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Dalynn Somuano Spears