BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m. P182

Septiembre 15, de 2004

 

Liberaci�n Nacional

 

Por medio del presente, me permito informarles que el pr�ximo lunes 20 de septiembre de 2004 se instalar� en todas las Aduanas las modificaciones se�aladas en el bolet�n Num. P149 de fecha 5 de agosto del presente.

 

No omito mencionar que es necesario tomar en cuenta las siguientes consideraciones cuando se realicen operaciones al amparo de la regla 2.6.8:

 

1.     Ser� obligatorio declarar el identificador PD y su complemento en el registro 507 campo 3 y 4 respectivamente, adem�s el valor se�alado en dicho complemento debe ser un valor distinto de cero o nulo. Si por error fuese este el caso, el validador no emitir� firma.

2.     Para el caso en donde se promueva el despacho al amparo de la regla 2.6.8 de las reglas de car�cter general en materia de comercio exterior, y el valor del complemento sea igual a 1, el sistema de Selecci�n Automatizada cerrar� la operaci�n al momento de presentar la primer remesa, independientemente del consecutivo que se haya declarado en el campo n�mero 11 del c�digo de barras, impreso en la parte II en proceso de despacho.

3.     Si por error fuese el caso del inciso 2, ser� necesario rectifica el pedimento, para incrementar el valor del complemento

 

 

Sin m�s por el momento, recibanun cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRADOR CENTRAL DE INFORM�TICA

ING. DALYNN MICHELLE SOMUANO SPEARS