BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m.P085

Mayo 11, de 2004

 

ITN (Internal Transaction Number)

 

 

En seguimiento al bolet�n No. P083 del 6 de mayo del a�o en curso, mediante el cual se les notific� que en las Aduanas fronterizas del norte del pa�s, en todas las operaciones de importaci�n mexicana con medio de transporte carretero y sin considerar embarques vac�os, se deber� presentar el ITN, a continuaci�n se hace una descripci�n general de dicho n�mero, as� como la forma en que deber� presentarse en los m�dulos de importaci�n.

 

Descripci�n General del ITN

 

El ITN es un n�mero que identifica la operaci�n de exportaci�n de la mercanc�a en los Estados Unidos el cual se obtiene de manera electr�nica una vez que el sistema de la aduana estadounidense denominado Automated Export System (AES)ha recibido y validado la informaci�n de la mercanc�a a exportar declarada en el Shipper�s Export Declaration (SED).

 

El ITN est� compuesto de hasta 15 caracteres y tiene la siguiente estructura:

 

    1. El primer caracter es la letra X may�scula.

    2. Del segundo al quinto caracter corresponde al a�o en que se valid� la informaci�n del SED en el AES.

    3. Del sexto al s�ptimo caracter corresponde al mes en que se valid� la informaci�n del SED en el AES.

    4. Del octavo al noveno caracter corresponde al d�a en que se valid� la informaci�n del SED en el AES.

    5. Del d�cimo en adelante corresponde a un n�mero secuencial de hasta 6 posiciones generado por el AES.

 

 

Presentaci�n del ITN en los M�dulos de Importaci�n

 

En los m�dulos de importaci�n de la aduana mexicana por cada medio de transporte carretero, se deber� presentar en c�digo de barras (3 a 9) en un documento anexo o en el reverso del pedimento de importaci�n, el o los ITNs relacionados con el embarque.


No omito se�alar que existen dos casos en que la aduana americana no asigna ning�n ITN:

 

  1. Opci�n 4. Es una facilidad que otorga la aduana de Estados Unidos a ciertos embarques, los cuales no est�n obligados a hacer su SED hasta 10 d�as despu�s de que la operaci�n se llev� a cabo, por lo cual en dichos casos se deber�imprimir en el documento que se anexa al pedimento de importaci�n o en el reverso del mismo la siguiente leyenda: �OPCION 4�. En una segunda fase para estos casos el agente aduanal deber� enviar despu�s de los 10 d�as un complemento al pedimento de forma electr�nica para declarar los ITNs que corresponden al embarque.

 

  1. Menor o Igual a 2500 D�lares. Para los casos en que el valor del embarque es menor o igual a 2500 d�lares, se deber� imprimir en documento anexo al pedimento o al reverso del mismo la leyenda: �AUTODECLARO VALOR MENOR O IGUAL A 2500 D�LARES�. El sistema verificar� el pedimento mexicano de importaci�n efectivamente sea menor o igual a 2500 d�lares.

 

En caso de que la documentaci�n del embarque no cumpla con los lineamientos mencionados, la operaci�n ser� considerada como de alto riesgo y por lo tanto tendr� mayores probabilidades de reconocimiento aduanero.

 

No omito se�alar que los ITNs deber�n ser proporcionados por los agentes aduanales estadounidenses, por lo cual los agentes aduanales mexicanos tendr�n que coordinarse con su contraparte a fin de obtener esta informaci�n.

 

Cabe se�alar que la prueba piloto se realizar� en la Aduana de Mexicali la pr�xima semana y una vez que se haya comprobado el �xito de la misma, ser� implantada en todas las aduanas restantes. La meta es que para finales de junio est� implantada la captura del ITN en todas las aduanas de la frontera norte del pa�s. No omito mencionar que la fecha de inicio para dicha prueba, as� como el procedimiento de captura se les dar� a conocer con anticipaci�n por este medio.

 

Para cualquier duda o aclaraci�n al respecto favor de comunicarse con el C. Luis Gabriel Escamilla Mu�oz al tel�fono (01 55) 9157 3404 o al correo electr�nico mailto:luis.escamilla@sat.gob.mx.

 

 

Sin m�s por el momento reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

ENCARGADO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Lic. Carlos Alberto Ort�z Galindo