BOLETIN INFORMATIVO

 

N�m.P170

Octubre 13, de 2003

 

Liberaci�n nacional y nueva piloto

Con el presente se informa que el d�a 9 de octubre se liber� a nivel nacional la versi�n del validador que contiene las modificaciones indicadas en el Bolet�n P164 del 3 de octubre del presente a�o, la cual fue probada en las aduana de Manzanillo, Veracruz y Ju�rez.

Asimismo, se comunica que el pr�ximo mi�rcoles 15 de octubre se instalar� una nueva prueba piloto en las aduanas de Cd. Ju�rez, Veracruz, Mexicali y Chihuahua, conteniendo las modificaciones que se se�alan enseguida, misma que se liberar� nacional una vez confirmado su correcto funcionamiento:

-         Semodifica el criterio de validaci�n de pedimentos con clave de documento A3 cuando se declare el identificador a nivel global DV �Operaciones de conformidad con la Regla de Car�cter General en Materia de Comercio Exterior 1.5.4.�; para determinar el tipo de cambio, las contribuciones que se causen y la exigencia de regulaciones y restricciones no arancelarias, vigentes a la fecha de pago del pedimento.

-         Se corrige el criterio de validaci�n para permitir presentar pedimentos con clave de documento A3 con el identificador DV hasta el 31 de diciembre de 2003, de conformidad con la Tercera Resoluci�n de Modificaciones a las RCGMCE, publicada en el DOF el 15 de septiembre de 2003.

-         Se modifica el criterio de validaci�n para la exigencia y en su caso la exenci�n del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de acuerdo con la fecha de pago del pedimento.

-         Se incorporan los criterios de validaci�n de pedimentos consolidados con clave de documento V5 cuando se trate de Empresas Certificadas (IC), de conformidad con la RCGMCE 2.8.3 numeral 14 de acuerdo con lo siguiente:

o       S�lo pueden realizarse pedimentos consolidados para pedimento V5 cuando se declare el identificador global IC.

o       No se presentar�n remesas de este tipo de pedimentos ante el M�dulo de Selecci�n Automatizada, por tratarse de pedimentos virtuales.

o       Ser� obligatorio declarar un registro de descargo (512).-          

-         Se modifica el criterio de validaci�n en pedimentos de rectificaci�n R1, para no marcar el error �El pedimento original no se encuentra registrado�, cuando el pedimento original es del a�o 1999 y anteriores, en virtud de que en la mayor�a de la base de datos de las aduanas ya no est�n estos pedimentos.

-         Se modifica el criterio de validaci�n en pedimentos de rectificaci�n R1, para permitir rectificar pedimentos desaduanados aunque no hayan sido cumplidos.

-         Se modifica el criterio de validaci�n bajo el esquema de intersecretar�as en operaciones al amparo de los programa PITEX y Maquiladoras, para verificar que el RFC declarado est� inscrito al padr�n de importadores.

-         Se modifica el criterio de validaci�n en rectificaciones a pedimentos con autorizaci�n para utilizar el procedimiento de revisi�n en origen (identificador RO), para permitir rectificar los datos que establece el Art. 98 de la Ley Aduanera, dentro de los diez d�as siguientes.

Sin m�s por el momento reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro