BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P155
Liberaci�n nacional y nueva
piloto
Con el presente se informa que el pasado 10 de
septiembre del a�o en curso se liber� a nivel nacional la versi�n del validador
que contiene las modificaciones indicadas en el bolet�n P151 del 5 de septiembre
del presente a�o, la cual fue probada en las aduanas de Toluca, Ju�rez y
Guadalajara.
Asimismo, se comunica que el pr�ximo mi�rcoles 17 de
septiembre se instalar� una nueva prueba piloto en la aduana de Cd. Ju�rez,
Guadalajara y Tijuana conteniendo las modificaciones que se se�alan enseguida,
misma que se liberar� nacional una vez confirmado su correcto
funcionamiento:
-
Se incorpora la obligatoriedad de
la declaraci�n del permiso S1 �Autorizaci�n sanitaria previa de importaci�n� en
operaciones con clave de documento K1 de importaci�n, cuando se trate de las
fracciones arancelarias contenida en los art�culos 1, 2, 3 y 4 del Acuerdo que
establece la clasificaci�n y codificaci�n de mercanc�as cuya importaci�n,
exportaci�n, internaci�n o salida est� sujeta a regulaci�n por parte de la
Secretaria de Salud, publicado en el DOF el 27 de Marzo del 2003, de conformidad
con el Art. 7 de dicho Acuerdo.
-
Se incorpora la validaci�n de la forma de pago 7 "Cargo a
partida presupuestal Gobierno Federal", con el fin de que solo se permita
declarar cuando el RFC del importador corresponda a alguno de los RFC�s del
Gobierno Federal.
-
Se corrige el criterio de validaci�n en rectificaciones
presentadas en la Aduana Interior de la Ciudad de M�xico (200) a pedimentos que
originalmente fueron despachados en aduana distinta, para no exigir el descargo
del pedimento de tr�nsito.
-
Se modifica el criterio de validaci�n en pedimentos de
importaci�n definitiva con clave de documento V5, para considerar el tipo de
cambio, las cuotas, y las regulaciones y restricciones no arancelarias, de
acuerdo con la fecha de entrada de la mercanc�a, de conformidad con el Art. 56
de la Ley Aduanera y la Regla de Car�cter General en Materia de Comercio
Exterior 3.3.11; cuando se no se trate de Empresas Certificadas.
-
Se incorpora el identificador MT a nivel partida, el cual
deber� declararse en pedimentos de importaci�n de muestras y muestrarios
(fracci�n arancelaria 9801.00.01); con el complemento correspondiente 1 � 2, con
el fin de identificar si se trata de productos qu�micos � de otros
productos.
-
Se modifica el criterio de validaci�n en operaciones al
amparo de la Regla de Car�cter General en Materia de Comercio Exterior 1.5.2.,
con el identificador a nivel global RI, para marcar error cuando al verificar
las fechas del pedimento no se cumpla con las establecidas en dicha
Regla.
-
Se modifica el criterio de
validaci�n en pedimentos con parte dos, para distribuir el importe por concepto
de DTA de las partes dos entre todas las partidas del pedimento que pagan DTA y
con ello determinar la base gravable del IVA.
Sin m�s por el momento reciban un cordial
saludo.