BOLETIN INFORMATIVO
N�m. P112
Liberaci�n nacional y nueva
piloto
Con el presente se informa que el pasado 7 de julio del a�o en curso se liber� a nivel nacional la versi�n del validador que contiene las modificaciones indicadas en el Bolet�n N� P101 del 27 de junio del presente a�o, la cual fue probada en las aduanas de Guadalajara, Ju�rez y Chihuahua.
Asimismo, se comunica que el pr�ximo mi�rcoles 16 de julio
se instalar� una nueva prueba piloto en la aduana de Cd. Ju�rez, conteniendo
las modificaciones que se se�alan enseguida, misma que se liberar� nacional una
vez confirmado su correcto funcionamiento:
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Se modifica la validaci�n del
c�lculo de contribuciones en pedimentos con clave de documento F3 cuando ha
excedido su plazo de presentaci�n, haciendo obligatoria la declaraci�n del
factor de actualizaci�n, mismo que se obtiene considerando el per�odo
comprendido de la fecha de extracci�n a la fecha de pago del pedimento,
aplic�ndolo en el importe a pagar por concepto de IGI; as� mismo se calcular�
otro factor para aplicarlo en el importe a pagar por concepto de DTA, desde la
fecha de extracci�n m�s 5 d�as h�biles, hasta la fecha de pago del pedimento.
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Se corrige la aplicaci�n de tasas
en pedimentos de importaci�n de veh�culos, con clave de documento diferente a
C2, de conformidad con lo establecido en la Tarifa del Impuesto General de
Importaci�n y Exportaci�n.
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Se corrige el c�lculo del importe
por concepto de IVA en pedimentos con clave de documento A3.
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Se corrige el criterio de validaci�n
en pedimentos de Regularizaci�n de mercanc�a para Empresas Certificadas
(identificador IC), de conformidad con la RCGMCE 2.8.3. numeral 9 inciso d);
permitiendo aplicar tasas arancelarias preferenciales previstas en acuerdos
comerciales o en TLC�s suscritos por M�xico y tasas previstas en el Decreto de
PROSEC.
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Se modifica el criterio para no
exigir la declaraci�n de transportista cuando el medio de transporte sea a�reo
o mar�timo.
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Se modifica el criterio de
validaci�n en rectificaciones de pedimentos consolidados, con el fin de
corregir la validaci�n del complemento del identificador RC en segundas
rectificaciones.
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Se corrige la validaci�n de padr�n
sectorial en rectificaciones a pedimentos de fase III.
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Se modifica la validaci�n del
c�lculo del importe por concepto de cuota compensatoria, verificando su
actualizaci�n cuando corresponda.
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Se restablece el uso de la patente
9999 para efectos de validar pedimentos de prueba.
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Se elimina la validaci�n de
contenedores para la clave de documento K1 a la exportaci�n.
Sin m�s por el momento reciban un cordial saludo.