BOLETIN INFORMATIVO

N�m P046

Marzo 31, de 2003

SIREMA

Con fundamento en la fracci�n V, del Art�culo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, publicado en el Diario Oficial de la Federaci�n el 30 de Diciembre de 2002, el cu�l establece que el apoderado o representante de agente aduanal que contara con este nombramiento con anterioridad al 1o. de enero de 2001, podr� ser mandatario de agente aduanal, conservando sus derechos, sin que le sea aplicable lo establecido en la fracci�n VI, segundo p�rrafo, del art�culo 160 de la Ley Aduanera:

Se informa que ya se encuentra en la p�gina de Aduanas, en el apartado noticias, la versi�n 1.0 del Sistema para el Registro de Mandatarios (SIREMA), en el cu�l se deber� capturar la informaci�n solicita en el oficio 326-SAT-I-13381 del 10 de Marzo del presente, emitido por la Administraci�n Central de Regulaci�n del Despacho Aduanero.

Adicional a la informaci�n mencionada en el punto anterior, el Agente Aduanal deber� contar con los requerimientos electr�nicos (archivos *.req), para el tr�mite del NIP de Acceso al SAAI M3 de cada uno de sus mandatarios.

El SIREMA,generar� un archivo con la siguiente nomenclatura:<Patente>.txt, mismo ser� depositado en la carpeta c:\Sirema\Envio\, junto con los archivos <RFC_Madatario>.req. El contenido de dicha carpeta, deber� compactarse y enviarse a la siguiente direcci�n: mailto:teresa.macias@sat.gob.mx, con copia a: mailto:monica.marcela@sat,gob.mx

Es importante se�alar que el archivo generado, deber� contener el sello digital del Agente Aduanal correspondiente, mismo que ser� creado utilizando el NIP de Acceso al SAAI M3 a trav�s del mismo SIREMA.Por lo anterior, aquellos Agentes Aduanales que no cuenten con el NIP, deber�n tramitarlo a la brevedad con el fin de que puedan regularizar a sus mandatarios lo antes posible.

Sin m�s por el momento reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro