BOLETIN
INFORMATIVO
N�m P008
Liberaci�n nacional
Con el presente se informa que el d�a 17 de Enero del a�o
en curso se liber� a nivel nacional la versi�n del validador que contiene
las modificaciones que se indican a continuaci�n, mismas que ya fueron
probadas en las aduanas de Cd. Ju�rez, Tijuana y Guadalajara:
En esta versi�n se corrigen los criterios
de validaci�n de pedimentos con clave de documento A3 �Regularizaci�n�
cuando se declare el identificador RI a nivel pedimento, de conformidad con la
Regla de Car�cter General en Materia de Comercio Exterior 1.5.2.
o
Se verifica que la mercanc�a haya
ingresado al pa�s antes del 1 de junio de 2001 y el pago pretenda hacerse
antes del 30 de abril de 2003.
o
Ser� necesario declarar la fecha
del pedimento original (tipo de fecha 7).
o
La actualizaci�n se aplica a los
importes de IVA y DTA, adem�s del IGI.
o
Ser� necesario declarar el
registro 512 de descargos correspondiente al pedimento de importaci�n
temporal.
o
El pago de la multa deber�
declararse con los registros 509 y 510, con clave de contribuci�n 11
�Multas� del ap�ndice 12 y tipo de tasa 4 �Cuota fija�.
o
No se permite declarar los
identificadores tales como TL, NT, AL, NA, PS, CF, IF o CP
Sin m�s por el momento reciban un cordial saludo.