BOLETIN INFORMATIVO
Núm P108
Patentes Exclusivas
En
alcance a los boletines P064 y P104 de junio 17 y agosto 26 de 2002
respectivamente, se recuerda la importancia de que, aquellos importadores que
tomen la opción de validar sus patentes aduanales encomendadas para realizar el
trámite de sus operaciones, con el fin de garantizar que únicamente los agentes encomendados por ellos, realicen
el despacho de las mercancías en su nombre, conforme al articulo 40 de la ley
aduanera, deben informar la totalidad de patentes autorizadas. Cabe señalar
que, una vez que se activa la validación de patentes para un importador, lo
cual se hace con el primer informe de patentes autorizadas, no será posible
cancelar este esquema para el importador de que se trate.
Sin más por el momento reciban un cordial saludo.