BOLETIN INFORMATIVO

Núm P108

Septiembre 03, de 2002

 

Patentes Exclusivas

 

 

En alcance a los boletines P064 y P104 de junio 17 y agosto 26 de 2002 respectivamente, se recuerda la importancia de que, aquellos importadores que tomen la opción de validar sus patentes aduanales encomendadas para realizar el trámite de sus operaciones, con el fin de garantizar que únicamente los agentes encomendados por ellos, realicen el despacho de las mercancías en su nombre, conforme al articulo 40 de la ley aduanera, deben informar la totalidad de patentes autorizadas. Cabe señalar que, una vez que se activa la validación de patentes para un importador, lo cual se hace con el primer informe de patentes autorizadas, no será posible cancelar este esquema para el importador de que se trate.

 

 

Sin más por el momento reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro