BOLETIN INFORMATIVO
Núm P049
Mayo 13 de 2002
Resumen
operación de pedimentos consolidados
Con relación a la validación de
información de facturas para remesas de pedimentos consolidados, se presenta a
continuación un resumen de su operación.
Se manejarán dos posibilidades:
1. Remesas de pedimentos consolidados que se despacharán sin la
transmisión previa de sus facturas.
En este caso el único cambio será la información del código de barras, de acuerdo con las modificaciones descritas en el oficio anexo al boletín número P047 de fecha mayo 10 de 2002. El consecutivo de la factura del campo 11 en el código de barras será asignado por el Agente o apoderado aduanal.
2. Remesas de pedimentos consolidados en las que existirá transmisión
de las facturas antes de su despacho.
Para
estos pedimentos, además de los cambios en el contenido del código de barras,
señalados en el punto anterior, se deberá:
· Declarar el identificador de caso TF al validar el
previo de consolidado;
· Transmitir
al SAAI todas las facturas que se deban despachar al amparo de ese pedimento,
antes de que las mismas se presenten ante el módulo de selección automatizada;
· Imprimir
en las facturas la información transmitida.
· Cabe
aclarar que, bajo este segundo esquema, el consecutivo de factura que se debe
especificar en el campo 11 del código de barras es el que el SAAI responde como
firma o acuse de recibo de validación de la factura.
Etapas de
prueba:
1. El
código de barras que se imprime en las facturas ya puede contener las
modificaciones informadas a través del referido boletín P047.
2. Se
prevé abrir el 15 de mayo de 2002 el uso del identificador TF en la validación
del previo de consolidado así como la transmisión de facturas; en esta etapa no
será obligatorio que se transmitan todas las facturas de los previos validados
con identificador TF.
3. Con
fecha 1ro. de junio de 2002, se iniciará la verificación en los módulos de selección
automatizada de que exista la factura correspondiente cuando el previo de
consolidado utilizó el identificador TF.
4. Del
1ro. de julio en adelante, el módulo de selección automatizada no permitirá que
se dupliquen los folios declarados en el código de barras.
5. A
partir del 15 de julio de 2002, en el cierre de pedimentos consolidados
validará que el valor y la cantidad declarados en el consolidado corresponda
con los datos asentados en los códigos de barras de las facturas despachadas
sin transmisión previa.
6. De igual manera, a partir del 15 de julio se
verificará que el valor y cantidad declarados en el pedimento consolidado sea
igual al valor y cantidad de las facturas transmitidas a nivel de fracción.
Se anexa al presente boletín, el manual técnico para validación de
facturas actualizado, de acuerdo con los boletines anteriores.
Sin más por el momento reciban un cordial saludo.