Servicio de Administración Tributaria 

BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm P043
Abril 30 de 2002

 

Seguimiento a tránsitos vencidos


Por medio del presente me permito informar a ustedes que a partir del día 15 de mayo del año en curso se implementará un nuevo control para los pedimentos de tránsito interno e internacional que consistirá en lo siguiente:


Cuando un tránsito no arribe a su aduana de destino en un plazo igual al doble del que se indica en el Anexo 15 de la R.M.C.E.; el contribuyente, el agente aduanal y la empresa transportista que participaron en dicho tránsito, no podrán iniciar un nuevo tránsito, en tanto la situación del mismo no sea desahogada.


Sin más por el momento reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro