BOLETIN INFORMATIVO
Núm P024
En seguimiento al boletín Número P022 de fecha marzo 12 del año en
curso, informo a ustedes que, con base en diversos comentarios y sugerencias
acerca del esquema de validación de remesas, se hicieron algunos cambios al
instructivo, por lo que se envía nuevamente.
Estos cambios se pueden resumir en lo siguiente:
Se baja el control de remesas a control de facturas.
Se crea el registro 650 para identificación de facturas.
Se define el uso del tipo de movimiento 7, así como la firma que se
deben declarar en el registro 500.
Se ejemplifica la respuesta del validador.
Cabe aclarar que:
1.
La información a
transmitir debe agruparse por factura y por cada factura debe transmitirse un
registro 500, un registro 650 y tantos registros 651 como mercancías tenga la
factura.
2.
Cuando se validen
facturas y se decida que estas no van a cruzar por el módulo de selección
automatizada, podrán ser canceladas, enviando registro de eliminación con tipo
de movimiento “8”. En este caso el identificador asignado a la factura
cancelada no podrá ser utilizado nuevamente con el mismo pedimento.
3.
Las facturas validadas
no podrán ser rectificadas, en su caso deberán cancelarse antes de cruzar el
módulo de selección automatizada. Al momento de cerrarse el pedimento
consolidado, el sistema verificará que exista congruencia entre el consolidado
y el número de remesas moduladas.
4.
El sistema no exigirá
que las facturas pasen al módulo de selección en la secuencia de factura que le
haya asignado el sistema, es decir, pueden modular las facturas 4,5,7 y no
modular 1,2,3..... en forma consecutiva.
Al momento de cerrar el pedimento consolidado el
sistema va a exigir que exista congruencia entre la información de las facturas
moduladas (4,5,7) y el pedimento consolidado.
5.
Una vez que el
pedimento consolidado otorgue la firma, ya no permitirá que crucen más remesas
a menos que el pedimento consolidado sea eliminado.
6.
Si el pedimento
consolidado ya se pagó, en ningún caso se permitirá modular o agregar mas
remesas a este pedimento y cancelará en la base de datos las facturas validadas
para este pedimento que no se hayan modulado.
Por último, se informa que la validación de remesas se pospone para
iniciar el 1ro. de abril próximo, siendo opcional el opcional la transmisión de
las mismas hasta el día 30 del mismo mes, y obligatoria a partir del 1ro. de
mayo de 2002.
Sin más por el momento
reciban un cordial saludo.
VALIDACIÓN
DE REMESAS PARA PEDIMENTOS CONSOLIDADOS
REGISTROS 650 y 651
TIPO DE ARCHIVO: INFORMACION DE
REMESAS DE CONSOLIDADO
EJEMPLO DE ARCHIVO DE
TRANSMISION.
500|7|9999|2000001|070|R7EL7T4X|
650|2000001|FHH105-102030|3|
651|2000001|29372201|1|235|6|
651|2000001|29372201|2|235|6|
651|2000001|29372299|3|235|6|
651|2000001|29372201|4|235|6|
500|7|9999|2000001|070|R7EL7T4X|
650|2000001|FHH105-102035|4|
651|2000001|29372201|1|235|6|
801|m3066002.011|1|9|A6701|
EJEMPLO DE ARCHIVO DE
RESPUESTA DE ACEPTACION.
F200000100030002
F200000100040003
C00010006
El contenido del
campo destinado al acuse de recibo o firma estará dividido en dos datos de
cuatro caracteres cada uno. Según el ejemplo, el contenido indica que:
0003 es el identificador
asignado por el apoderado o agente aduanal en el registro 650.
0002 es el
consecutivo asignado por el validador a la factura.
500 INICIO DE PEDIMENTOS PARA INFORMACIÓN DE REMESAS
|
CAMPO |
SINTAXIS |
LONGITUD |
DESCRIPCIÓN |
1 |
Tipo de Registro |
Numérico |
3 |
identificador del Tipo de Registro (500) |
2 |
Tipo de Movimiento |
Numérico |
3 |
Movimiento 7 para indicar informe de arribo de
remesas. |
3 |
Patente |
Caracter |
4 |
Patente del agente o apoderado aduanal |
4 |
Pedimento |
Caracter |
7 |
Número de Pedimento. |
5 |
Aduana/Seccion de Despacho |
Caracter |
3 |
Aduana/Sección de despacho por lo que se efectuó la
operación de Comercio Exterior. |
6 |
Firma Electrónica |
Caracter |
8 |
Firma electrónica correspondiente al pedimento previo
de consolidado. |
650 IDENTIFICACION DE FACTURA
|
CAMPO |
SINTAXIS |
LONGITUD |
DESCRIPCIÓN |
1 |
Tipo de Registro |
Numérico |
3 |
identificador del Tipo de Registro (650) |
2 |
Número de pedimento |
Numérico |
7 |
Número del pedimento al que corresponde la
remesa. |
3 |
Número de factura. |
Caracter |
De 1 a 15 |
Número de la factura. |
4 |
Consecutivo de factura. |
Numérico |
4 |
identificador único de factura asignado por el agente
o apoderado aduanal. |
651 INFORMACIÓN DE REMESAS
|
CAMPO |
SINTAXIS |
LONGITUD |
DESCRIPCIÓN |
1 |
Tipo de Registro |
Numérico |
3 |
identificador del Tipo de Registro (651) |
2 |
No. de Pedimento |
Numérico |
7 |
Número del pedimento al que corresponde la
remesa. |
3 |
Fracción |
Numérico |
6 u 8 |
Fracción arancelaria aplicable a la
mercancía. |
4 |
Número de partida |
Numérico |
5 |
Consecutivo de partidas por
factura. |
5 |
Cantidad en UMC |
DECIMAL |
15,3 |
Cantidad de mercancías en unidades de comercialización
de acuerdo a lo señalado en la factura. |
6 |
Unidad de Medida de Comercialización |
Numérico |
2 |
Clave que corresponde a la Unidad de Medida de
Comercialización. |
CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL REGISTRO 650
650 IDENTIFICACION DE FACTURA.
1 Tipo de Registro
OBJETIVO : |
Identificar el tipo de registro para identificación de
la factura. |
PRESENCIA : |
Obligatorio. |
FORMATO : |
3 caracteres numéricos |
LLENADO : |
Debe declararse un número de registro 650 |
CRITERIO |
Registro de remesas: 650. Este registro deberá aparecer una vez por factura. |
650 IDENTIFICACION DE FACTURA.
2 Pedimento
OBJETIVO : |
Controlar las operaciones realizadas por cada agente
aduanal en cada una de las aduanas del país. |
PRESENCIA : |
Obligatoria. |
FORMATO : |
7 caracteres numéricos |
LLENADO : |
En términos generales, el primer dígito del número de
documento, debe corresponder al último dígito del año en curso, mientras
que los seis dígitos restantes son un número único de control asignado por
el agente, apoderado o mandatario. |
CRITERIO |
A) Deberá iniciarse anualmente el consecutivo por
patente y aduana. B) No debe existir duplicados en números de pedimentos
normales, rectificación, tránsito, previos de consolidado por aduana de
despacho y agente. C) El primer dígito del número de documento, debe
corresponder al último dígito del año en curso, salvo que se trate de un
pedimento consolidado iniciado en el año inmediato anterior o del
pedimento original de una rectificación. D)Se deben conservar los ceros a la izquierda, por lo
que siempre serán siete dígitos. E) Debe corresponder al previo de consolidado validado
previamente. |
650 IDENTIFICACION DE FACTURA.
3 Número factura
OBJETIVO : |
Identificar el número de la factura que ampara la
mercancía. |
PRESENCIA : |
Obligatorio |
FORMATO : |
15 caracteres alfanuméricos |
LLENADO : |
Debe declararse el número de factura especificado en
la factura. |
CRITERIO |
A) Para especificar que no se cuenta con el número de
factura, se permitirá declarar la leyenda S/N B) Cada número de factura debe ser único por
pedimento. C) Este campo no podrá declararse en NULO o CERO. |
650 IDENTIFICACION DE FACTURA.
4 Consecutivo de factura
OBJETIVO : |
Identificar el tipo de registro para identificación de
la factura. |
PRESENCIA : |
Obligatoria. |
FORMATO : |
4 caracteres numéricos |
LLENADO : |
Debe declararse un identificador para la factura,
único por pedimento, que asignara el apoderado o el agente aduanal. |
CRITERIO |
Consecutivo asignado a la factura por pedimento. |
CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL REGISTRO 651
651 REMESAS
1 Tipo de Registro
OBJETIVO : |
Identificar el tipo de registro de remesas. |
PRESENCIA : |
Obligatoria. |
FORMATO : |
3 caracteres numéricos |
LLENADO : |
Debe declararse un número de registro 651 |
CRITERIO |
Registro de remesas: 651. Tantos como fracciones declaradas. |
651 REMESAS
2 Pedimento
OBJETIVO : |
Controlar las operaciones realizadas por cada agente
aduanal en cada una de las aduanas del país. |
PRESENCIA : |
Obligatoria. |
FORMATO : |
7 caracteres numéricos |
LLENADO : |
En términos generales, el primer dígito del número de
documento, debe corresponder al último dígito del año en curso, mientras
que los seis dígitos restantes son un número único de control asignado por
el agente, apoderado o mandatario. |
CRITERIO |
A) Deberá iniciarse anualmente el consecutivo por
patente y aduana. B) No debe existir duplicados en números de pedimentos
normales, rectificación, tránsito, previos de consolidado por aduana de
despacho y agente. C) El primer dígito del número de documento, debe
corresponder al último dígito del año en curso, salvo que se trate de un
pedimento consolidado iniciado en el año inmediato anterior o del
pedimento original de una rectificación. D)Se deben conservar los ceros a la izquierda, por lo
que siempre serán siete dígitos. E) Debe corresponder al previo de consolidado validado
previamente. |
651 REMESAS
3 Fracción
OBJETIVO : |
Identificar el tipo de mercancía que se despacha por
medio de la fracción arancelaria |
PRESENCIA : |
Obligatoria. |
FORMATO : |
6 ó 8 caracteres numéricos |
LLENADO : |
Debe declararse la clave de fracción arancelaria que
ampare al tipo de mercancía que se trate. |
CRITERIO |
A) Debe ser una clave de
fracción arancelaria vigente en la tarifa correspondiente en la fecha de
entrada, pago ó presentación de la mercancía (Art. 83 L.A.). B) La clave de fracción no debe incluir puntos o
espacios. C) No se deberá declarar CERO, NULO o ESPACIOS EN
BLANCO. |
651 REMESAS
4 Número de partida
OBJETIVO : |
Numero de la secuencia de la fracción en la
remesa. |
PRESENCIA : |
Obligatoria. |
FORMATO : |
5 caracteres numéricos |
LLENADO : |
Número que identifica el orden de las mercancías
especificado en la remesa. |
CRITERIO |
A) El número de orden debe
ser un valor consecutivo y único por remesa. B) No se deberá declarar CERO, NULO o ESPACIOS EN
BLANCO. |
651 REMESAS
5 Cantidad en UMC
OBJETIVO : |
Identificar y controlar la cantidad de mercancía en
unidades de comercialización |
PRESENCIA : |
Obligatorio |
FORMATO : |
15 caracteres numéricos: 12 enteros, el punto y 3
decimales |
LLENADO : |
Se deberá declarar la cantidad de mercancía
especificada en la factura conforme a la unidad de medida de
comercialización. |
CRITERIO |
A) Si para una fracción
arancelaria existen mas de una unidad de medida de comercialización, se
pueden usar tantos registros como se necesiten para contener el desglose
de la fracción. B) Si la unidad de medida de comercialización
correspondiente es la pieza, la cabeza, el par, o el juego, la cantidad de
mercancía no puede tener parte fraccionaria. C) Este campo no podrá enviarse en ESPACIOS EN BLANCO,
NULO o CERO. |
651 REMESAS
6 Unidad medida
comercialización
OBJETIVO : |
Identificar la unidad de medida de
comercialización |
PRESENCIA : |
Obligatorio |
FORMATO : |
2 caracteres numéricos |
LLENADO : |
Deberá declararse la clave de unidad de medida
valida. |
CRITERIO |
A) Deberá ser una clave válida listada en el apéndice
y anexo correspondiente de la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior
vigente. B) Este campo no podrá enviarse en ESPACIOS EN BLANCO,
NULO o CERO. |