Servicio de Administración Tributaria

BOLETIN INFORMATIVO

 

Núm P014

Marzo 01 de 2002

 

Descargo de tránsitos.

 

 

Por medio del presente se hace de su conocimiento que, a partir del 11de marzo de 2002, será obligatorio declarar el registro de descargos (512) en pedimentos de importación que se tramiten en la aduana interior de México con las claves de documento que se indican a continuación.

 

A1, A4, D1, S2, H1, A2, A6, H2, H3, BA, AJ, BP, AD, BC, BH, BD, BE, A5, F2, I1, M1 y M2.

 

Estos registros deberán identificar el pedimento de tránsito interno (T3) a la importación que ampare la llegada de la mercancía a la aduana citada, declarando valores nulos en los campos de fracción arancelaria, unidad de medida de comercialización y cantidad de mercancía. El SAAI verificará que se encuentre registrado el arribo del tránsito con el número de pedimento T3 declarado.

 

Sin más por el momento reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA

Ing. Jorge Montoya Castro